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Redes de seguimiento del estado de las aguas en la CAPV.


Según lo dispuesto en el artículo 8 y el anexo V de la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE), antes del 22 de diciembre de 2006 deben establecerse programas de seguimiento del estado de las masas de agua.

Según el Decreto 240/2007, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Vasca del Agua, dentro de las actividades encomendadas a la Dirección de Relaciones Institucionales e Innovación se encuentra el análisis, control y seguimiento de los objetivos y programas de calidad y cantidad de las aguas.

Los objetivos de los programas de seguimiento del estado son:

  • Obtener una visión general coherente y completa del estado de las masas de agua de la Demarcación.
  • Determinar el grado de cumplimiento de los objetivos medioambientales.
  • Determinar el grado de eficiencia de los programas de medidas del Plan Hidrológico

En la Comunidad Autónoma del País Vasco se han establecido una serie de programas para:

Por otro lado, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco existen otras redes  de seguimiento del estado de las masas de agua gestionadas por otros organismos o administraciones.

Fecha de la última modificación: 14/11/2011